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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31777 >> Fecha 27/04/2004 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31777 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Autorizar a las instituciones del gobierno central y descentralizadas de acuerdo a su marco jurídico y competencia

Artículo 3º—Autorizar a las instituciones del gobierno central y descentralizadas de acuerdo a su marco jurídico y competencias y dentro de sus posibilidades legales y fácticas, para que incorporen a partir del año 2005 en sus respectivos Planes Anuales Operativos, los recursos materiales, económicos y humanos considerados de contrapartida, y cumplir así con los compromisos establecidos en el Convenio firmado entre la Comunidad Europea y la República de Costa Rica el pasado 3 de diciembre del 2003, lo cual atañe particularmente a las instituciones miembro del Consejo Nacional de Planificación Urbana (CNPU).  Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las nueve horas del día veintisiete de abril del dos mil cuatro. 

 

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