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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31799 >> Fecha 19/04/2004 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31799 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 31799-H

Nº 31799-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
 
    Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978, Ley Nº 8131 o Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001, y su Reglamento, y Ley Nº 5337 o Ley de Creación de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo de la Vertiente Atlántica del 27 de agosto de 1973.

Considerando:

    I.—Que mediante la Ley Orgánica Nº 5337, publicada en el Alcance Nº 120 a La Gaceta Nº 170, se le asignó a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) la administración de los puertos de la región, así como promover el desarrollo socioeconómico de manera integral y eficiente de la Vertiente Atlántica.
    II.—Que en cumplimiento de su Ley Orgánica, la entidad tiene a cargo la ejecución de varias obras de infraestructura para la ampliación del Muelle de Moín, así como proyectos informáticos con el fin de mejorar la calidad del servicio que se brinda a los usuarios.
    III.—Que la institución debe ejecutar varios proyectos de desarrollo regional y comunal a lo largo de la provincia, lo cual es de gran interés para el Gobierno de la República.
    IV.—Que mediante Decreto Ejecutivo N° 31092-H, publicado en La Gaceta N° 63 del 31 de marzo del 2003, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2004, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo en el artículo 1° del citado Decreto, el límite de gasto presupuestario del presente año, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.
    V.—Que mediante oficio STAP-CIRCULAR STAP-0485-03 del 23 de abril del 2003, se comunicó a la Junta el límite de gasto fijado para el año 2004.
    VI.—Que a los efectos de cumplir con los objetivos propuestos, la Entidad solicitó mediante oficio Nº P.E.022-2004 del 19 de enero del 2004, la ampliación del límite de gasto total presupuestario para el año 2004. Por tanto,

DECRETAN:

    Artículo 1º—Modificase para la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, el límite de gasto presupuestario total del 2004, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 31092-H y sus reformas, de manera que el gasto presupuestario total de la Junta no podrá exceder la suma de ¢18.884 millones, en ese período.

(Así reformado parcialmente mediante Decreto Ejecutivo N° 32026-H, de fecha 20 de setiembre del 2004.)

 

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