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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15203 >> Fecha 31/01/1984 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15203 - Articulo 13
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Artículo 13    Estado: Suspendido
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Artículo 13

    Artículo 13.—La sola portación de la licencia de circulación de transporte público, no podrá interpretarse como sustitutiva de los permisos de servicios especiales.

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