CAPÍTULO VII
CAPÍTULO VII
Evaluación Ambiental Estratégica
Artículo 62.—Objetivo y alcance de la Evaluación Ambiental Estratégica.
La Evaluación Ambiental Estratégica tiene como objetivo integrar la variable de
impacto ambiental a la planificación del desarrollo económico del país. Se
aplica a los planes, programas y políticas de desarrollo nacional, regional y
local; generados en entidades del Estado incluyendo municipios, cuencas
hidrográficas y regiones específicas; y cuyo fin sea el planeamiento del uso
del suelo, el desarrollo de infraestructura (urbana, vial, portuaria,
comunicaciones, energética, turística y agrícola, entre otros), o bien el
aprovechamiento de los recursos naturales (minería, energía, hidrocarburos,
agua, flora y fauna).
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