Sección II – B
Sección II – B
Procedimiento de Evaluación Ambiental para la Categoría
C
(Así reformado el título de esta Sección II-B por
el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 34688 del 25 de febrero de 2008)
Artículo 12.—Requisitos. El desarrollador de una
actividad, obra o proyectos que pertenezca a la categoría C, a fin de cumplir
con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental y obtener la viabilidad
ambiental de conformidad con el artículo siguiente, deberá presentar:
(Así reformado el párrafo anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°
34688 del 25 de febrero de 2008)
1.
El documento Registro y Compromiso Ambiental (D2), firmado por el
desarrollador, conforme al artículo 9 del presente reglamento y al Manual de
EIA.
2.
Copia del depósito, transferencia electrónica u otro mecanismo de pago, por
concepto de adquisición del Código de Buenas Prácticas Ambientales.
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