Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31849 >> Fecha 24/05/2004 >> Articulo 106
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 106     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 31849 - Articulo 106
Ir al final de los resultados
Artículo 106
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 106

    Artículo 106.—Del procedimiento ordinario. Para llevar a cabo el procedimiento administrativo ordinario se estará a lo dispuesto en todo a la Ley General de la Administración Pública.

Ir al inicio de los resultados