Artículo 32
Artículo 32.—Base de información para el Estudio de Impacto Ambiental.
En la preparación del Estudio de Impacto Ambiental, el equipo consultor deberá
utilizar la información técnica más reciente disponible sobre las áreas de
desarrollo de la actividad, obra o proyecto, incluyendo además información de
campo, obtenida directamente por el equipo. Esa información podrá ser
organizada de forma digital y procesada mediante un Sistema de Información
Geográfico, conforme lo indiquen los términos de referencia o bien la guía
respectiva.
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