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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 164
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 164
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Artículo 164
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Artículo 164
Artículo  164.- Información sobre los servicios de transporte público. En las estaciones terminales de servicios interprovinciales se instalará un sistema de megafonía e información visual, mediante el cual se pueda informar a los pasajeros de las llegadas y salidas de los diferentes servicios, así como de cualquier otra incidencia o noticia.

 
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