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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 7
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Artículo 7    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO VII

Transitorio VII.-  En un plazo máximo de 3 meses a partir de la publicación del presente Reglamento y para cumplir con lo dispuesto en sus artículos y siguientes, la Dirección General de Transporte Público, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, confeccionará el formulario para la autorización y la identificación oficial respectivas, para el uso de los estacionamientos reservados.


 

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