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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 42
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 42
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Artículo 42
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Artículo 42

Artículo 42.- Presupuesto y trámite de los servicios de apoyo. El Ministerio de Educación Pública incluirá dentro de su planificación presupuestaria los recursos necesarios para que todos los centros educativos procuren y provean los servicios de apoyo y adaptaciones requeridos por los estudiantes con necesidades educativas especiales.
    Para tramitar la solicitud y provisión de los servicios de apoyo, el centro educativo respectivo utilizará los mismos mecanismos institucionales que se aplican para todo el sistema educativo.


 

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