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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 72
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 72
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Artículo 72
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Artículo 72.- Inspección en el empleo. Para impedir la discriminación en la contratación y en el progreso en el empleo de las personas con discapacidad, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ejercerá control por medio de su Dirección Nacional e Inspección General del Trabajo y su Oficina Central, provinciales, cantonales y regionales.


 

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