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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 76
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 76
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Artículo 76
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Articulo 76

Articulo 76.- Cobertura de la seguridad social.  La Dirección Nacional e Inspección General del Trabajo, por medio de su Oficina Central, provinciales, cantonales y regionales, fiscalizará que todos los trabajadores activos con discapacidad, estén cubiertos por los regímenes de la Seguridad Social y Riesgos del Trabajo, independientemente de la naturaleza de la labor productiva que realicen.


 

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