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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8

Artículo 8.- Divulgación y capacitación Sobre la Igualdad de Oportunidades. Todas las instituciones del Estado deberán incluir en sus programas de divulgación, información y capacitación anuales, contenidos referentes a la Ley No. 7600 Sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.  Para ello se utilizarán los medios de comunicación internos, externos y diferentes estrategias tales como: conferencias, cursos, mesas redondas, publicaciones y otros, de manera que se garantice que la divulgación, información y capacitación alcance a la totalidad de los miembros del personal de la institución.

    Para garantizar la calidad de las información, las instituciones podrán contar con la asesoría técnica del ente público rector en materia de discapacidad y la misma deberá cumplir con lo que al respecto establece el artículo 13 de la Ley 7600.


 

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