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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 124
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 124
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Artículo 124
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Artículo 124

Artículo 124.- Pendientes. Las especificaciones para las pendientes, serán :

 

Del 10 al 12%

en tramos menores a 3 metros.

Del 8 al 10%

en tramos de 3 a 10 metros

Del 6 al 8%

En tramos mayores a 10 metros.

 


 

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