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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 73
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 73
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Artículo 73
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Artículo 73. Acciones de inspección

La Dirección Nacional de Inspección del Trabajo, llevará a cabo las acciones de inspección correspondientes, ya sea de oficio, o a solicitud de parte, cuando se incurra en actos discriminatorios ejercidos por motivos de discapacidad en el empleo y el derecho al trabajo.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43520 del 5 de abril del 2022)

 

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