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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 88
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 88
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Artículo 88
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Artículo 88.- Funciones de la Dirección Nacional de Empleo

Además de las funciones y responsabilidades atribuidas por la Ley Orgánica y el Reglamento de Organización y Servicio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como las demás normas vigentes, serán funciones de la Dirección Nacional de Empleo en razón de los derechos de las personas con discapacidad:

a) Por medio de la Secretaría Técnica del SNE, presidida por la DNE, se coordinará, con los servicios públicos de empleo y entes privados acciones para el mejoramiento de la empleabilidad y el acceso al trabajo de las personas con discapacidad.

b) Asesorar a las organizaciones de personas con discapacidad para el acceso a la oferta programática de los servicios públicos de empleo.

c) Promover, en entes públicos y privados, los servicios de apoyo requeridos por las personas con discapacidad para su inserción en el mercado laboral, con apoyo de los servicios vinculados al SNE.

d) Promover la sistematización de información relevante sobre la oferta y demanda del mercado laboral de las personas con discapacidad en los servicios públicos de empleo.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43520 del 5 de abril del 2022)

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