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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 89
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 89
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Artículo 89
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Artículo 89

Artículo 89.- Autoempleo, emprendimientos y empresariedad de las personas con discapacidad

Los programas de las instituciones públicas destinados a la promoción y financiamiento de emprendimientos y empresas, deberán facilitar el acceso a las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás. Además, promoverán el autoempleo, la constitución de cooperativas y otros tipos de asociaciones de economía social solidaria, para el desarrollo económico de las personas con discapacidad, sus familias y sus organizaciones.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43520 del 5 de abril del 2022)

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