ARTICULO 4
ARTICULO 4.- Los Rectores de las Instituciones signatarias junto
con los Ministros que señale la legislación vigente, actuarán como la Comisión
de Enlace entre las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal y
el Poder Ejecutivo, para realizar las siguientes funciones:
a)
Promover la creación de rentas con destino global a la Educación Superior
Universitaria Estatal y gestionar créditos internos y externos para ella.
b)
Coordinar las relaciones de las Instituciones signatarias con el Poder
Ejecutivo, sin perjuicio de la personería propia que para esas relaciones
tienen cada una de las Instituciones de Educación Superior Universitaria
Estatal.
c)
Darse su propio Reglamento de Trabajo.
ch)
Comunicar al CONARE las iniciativas que considere pertinentes para que se tomen
en consideración a la hora de preparar el PLANES.
|