Artículo 9° Funciones del COMITÉ
Artículo 9° Funciones
del C OMITÉ
Corresponde al C OMITÉ
DIRECTIVO:
- a. Dictar la política general del F
ONDO;
b. Proponer modificaciones al presente Reglamento;
c. Aprobar el Presupuesto de operación anual del FONDO, así como sus
modificaciones, todo lo cual será preparado y presentado por la DIRECCIÓN;
d. Conocer los informes semestrales y aprobar los estados
financieros anuales del FONDO;
e. Decidir sobre el financiamiento de estudios de
preinversión con base en el informe que sobre cada solicitud haya preparado la DIRECCIÓN;
f. Conocer y recomendar a MIDEPLAN las gestiones de
financiamiento interno y externo para fortalecer al FONDO así como las correspondientes acciones del mismo sobre este
particular;
g. Designar las entidades que actuarán como IFI y sus
respectivas condiciones de contratación;
h. Conocer y resolver las apelaciones sobre pronunciamientos
del MINISTRO o de
las IFI, correspondientes a solicitudes de financiamiento que hayan sido sometidas a su
consideración;
i. Autorizar plazos de desembolso que excedan de los seis
(6) meses adicionales al plazo establecido en el contrato de cada operación;
j. Decidir sobre las propuestas de readecuación de deudas
que presenten los beneficiarios, con base en el informe que sobre cada caso presentare la
DIRECCIÓN; y
k. Conocer y resolver sobre las solicitudes de
modificación de los términos y condiciones de los contratos y convenios de
financiamiento de estudios.
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