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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24658 >> Fecha 21/09/1995 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24658 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27

    Artículo 27.—Condiciones y compromisos contractuales para uso de los recursos

    Para hacer uso de los recursos que se han otorgado, el beneficiario deberá cumplir todas las condiciones y compromisos establecidos en el respectivo Contrato o Convenio de Financiamiento. Además deberá enviar a la DIRECCIÓN una solicitud de desembolso en cada oportunidad, de acuerdo con los términos del Contrato o Convenio de Financiamiento correspondiente y con lo establecido en los formularios que se le provean para el efecto.

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