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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24658 >> Fecha 21/09/1995 >> Articulo 71
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24658 - Articulo 71
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Artículo 71
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Artículo 71

    Artículo 71.—Resolución del contrato de Consultoría

    Serán causales para que el FONDO o el beneficiario puedan resolver el Contrato de Consultoría, las siguientes:

a. La muerte o disolución del consultor;
b. La incapacidad financiera sobrevenida del consultor; y
c. El incumplimiento, por parte del consultor, de cualesquiera de las estipulaciones del Contrato y del presente Reglamento.
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