N° 5771-E
N° 5771-E
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA,
En uso de las facultades conferidas por el inciso 18) del artículo 140 de
la Constitución Política y decreto N° 4 de 30 de enero de 1958,
DECRETAN:
El siguiente
Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación
Pública(*)
(*)
(Modificada su denominación por el artículo 2° del decreto ejeutivo N° 37728
del 27 de mayo del 2013. Anteriormente se denominaba: "Reglamento Interior
de Trabajo del Ministerio de Educación Pública")
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1°—El
presente Reglamento Autónomo de Servicios(*) tiene por objeto regular
las relaciones que surgen con ocasión del trabajo entre el Ministerio de
Educación Pública y sus servidores, según se define en el artículo siguiente y
se emite en virtud de lo dispuesto por los artículos 66, 67 y 68 del Código de
Trabajo, 29 inciso e) y 31 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social; el Estatuto de Servicio Civil y sus Reglamentos y el Decreto
Ejecutivo N° 4 del 26 de abril de 1966.
(*)(Modificada su denominación por
el artículo 2° del decreto ejeutivo N° 37728 del 27 de mayo del 2013.
Anteriormente se denominaba: "Reglamento Interior de Trabajo")
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