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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21633 >> Fecha 03/08/1992 >> Articulo 94
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21633 - Articulo 94
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Artículo 94    (No vigente*)
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Artículo 94

    Artículo 94.—La ponderación de la experiencia laboral profesional será proporcional a la jornada de trabajo de los puestos que desempeñen los servidores que se acojan al beneficio por carrera profesional.

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