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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20849 >> Fecha 14/11/1991 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20849 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20

    Artículo 20.—El concurso de oposición y antecedentes se iniciará con la publicación del aviso correspondiente en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, en el cual se detallarán los requisitos académicos y de experiencia necesarios para participar, el plazo para recibir ofertas y demás datos que fueran de interés al efecto.

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