CAPÍTULO II
- CAPÍTULO II
- Del régimen de empleo
Artículo 4°El régimen
de empleo para la Dirección será de Derecho Administrativo conforme con lo establecido
en el artículo 112, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y se
regirá por lo dispuesto en el presente Reglamento y en el Código de Trabajo y sus leyes
conexas, supletoriamente.
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