Artículo 6°No obstante lo indicado en el artículo anterior, cuando la
Dirección requiera los servicios de una persona por tiempo determinado, podrá hacerlo
por períodos de tres meses prorrogables que no podrán exceder, en ningún caso, del
plazo máximo d
Artículo 6°No obstante
lo indicado en el artículo anterior, cuando la Dirección requiera los servicios de una
persona por tiempo determinado, podrá hacerlo por períodos de tres meses prorrogables
que no podrán exceder, en ningún caso, del plazo máximo de un año. Estos nombramientos
por tiempo determinado serán realizados por el Ministro con base en la designación hecha
por el Director, de conformidad con la recomendación del Departamento de Personal del
MIDEPLAN.
|