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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 16768 >> Fecha 30/01/1986 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 16768 - Articulo 32
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Artículo 32
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CAPÍTULO IX
CAPÍTULO IX
De los derechos de los servidores

    Artículo 32.—Los servidores regulares del Ministerio gozarán de todos los derechos y prerrogativas que concede el Estatuto de Servicio Civil, su Reglamento y el Código de Trabajo. Los servidores interinos gozarán de los mismos derechos que los servidores regulares, con excepción de la estabilidad.

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