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 Normativa >> Ley 8422 >> Fecha 06/10/2004 >> Articulo 27
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Normativa - Ley 8422 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27

Artículo 27.—Modificación de la descripción del puesto o de la nomenclatura administrativa. Los funcionarios obligados a declarar su situación patrimonial tendrán ese deber aun cuando, en virtud de una reorganización administrativa o de otro motivo similar, se modifique el nombre o título de la clase de puesto que ocupan, siempre y cuando sus atribuciones y responsabilidades continúen siendo equiparables a las del cargo que originaba tal obligación.


 

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