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 Normativa >> Ley 6999 >> Fecha 03/09/1985 >> Articulo 36
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Normativa - Ley 6999 - Articulo 36
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Artículo 36
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36

ARTICULO 36.-( ANULADO por Resolución de la Sala Constitucional Nº

3495-92 de 14:30 horas del 19 de noviembre de 1992).

(*) NOTA: Corrección de numeración por Fe de Erratas. Ver

Observaciones)

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