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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11044 >> Fecha 12/12/1979 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11044 - Articulo 22
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Artículo 22    (No vigente*)
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Artículo 22

    Artículo 22.—El funcionario tendrá el derecho y la carga en la comparecencia de:

a) Ofrecer la prueba;
b) Presentar documentos;
c) Presentar testigos; y
ch) Formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia.
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