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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11044 >> Fecha 12/12/1979 >> Articulo 8
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<<     Artículo 8     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 11044 - Articulo 8
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Artículo 8    (No vigente*)
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Artículo 8°—Son causales de amonestación verbal o por escrito las si-guientes :

   Artículo 8°Son causales de amonestación verbal o por escrito las siguientes :

a) Negligencia en el cumplimiento de los deberes inherentes al cargo;
b) Falta de atención debida al público;
c) Conducta descuidada en el manejo de los expedientes y documentos, así como del material y útiles de oficina;
ch) Incumplimiento del horario de trabajo que no signifique llegadas tardías injustificadas;
d) Cuando un funcionario, haciendo uso de información de la Oficina, divulgue o publique comentarios que puedan comprometer el criterio o la posición de la Oficina o del Gobierno, sin la previa autorización del Ministro-Director ; y
e) Cualquier otra falta que no amerite, conforme a este Reglamento, una sanción mayor.
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