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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22009 >> Fecha 02/03/1993 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22009 - Articulo 1
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Artículo 1
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No 22009-P-EP-TSS

No 22009-P-EP-TSS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, EDUCACIÓN PUBLICA

Y TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Considerando:

            lo—Que la Educación constituye el pilar fundamental de nuestra sociedad democrática y de la  reservación de los más altos principios constitucionales que rigen nuestro diario quehacer.

            2°—Que en aras de modernizar el sistema jubilatorio que han venido disfrutando los educadores costarricenses, la Asamblea Legislativa en el mes de julio de 1992 ha decretado la ley 7268, que actualiza, redefine e introduce las principales instituciones que regirán en el futuro los beneficios de pensión o jubilación de este sector de funcionarios públicos.

            3°—Que es necesario actualizar los sistemas jubilatorios de los servidores públicos, esta Administración reconoce que la ley 7268 es el primer esfuerzo del Gobierno de la República y de las Organizaciones Gremiales y general de los educadores por modernizar y racionalizar las instituciones y beneficios dispuestos en leyes de anterior promulgación referidas a la consecución de derechos.

            4°—Que las reformas constituyen una fórmula’de equilibrio temporal entre los beneficios merecidos por nuestros educadores y las posibilidades fiscales de la Nación, en razón de lo anterior es necesario crear y fortalecer un sistema de capitalización completa, que permita a los educadores administrar, invertir, disponer de un perfil de beneficios que concilie ingresos y egresos, y sobre todo garantice la preservación del fondo a nuevas generaciones. Por tanto,

DECRETAN:

            El presente,

REGLAMENTO A LA LEY QUE REFORMA INTEGRALMENTE LA LEY DE

PENSIONES

Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL

LEY No 7268

DISPOSICIONES GENERALES

            Artículo lo—Se establece el presente Reglamento, con el propósito de regular diversos aspectos resultantes de la aplicación de la Ley No 7268 del 14 de noviembre de 1991, Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional.


 

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