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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26285 >> Fecha 19/08/1997 >> Articulo 4
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<<     Artículo 4
Normativa - Decreto Ejecutivo 26285 - Articulo 4
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Artículo 4    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
IV

IV.—A los beneficiarios del régimen se les concede un plazo de 2 meses para que se ajusten en su totalidad a las nuevas regulaciones previstas en el presente Reglamento.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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