Artículo 4º—Las bases de datos que utilicen los tres niveles de gestión
del Ministerio (central, regional y local) deberán ser
Artículo 4º—Las bases de datos que utilicen los
tres niveles de gestión del Ministerio (central, regional y local) deberán ser
implementadas acorde con las directrices de la Dirección de Informática.
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