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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32161 >> Fecha 09/09/2004 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32161 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11

Artículo 11.—Por sí solo el pago del servicio, no es razón suficiente para el otorgamiento de los permisos sanitarios, autorizaciones, habilitaciones, acreditaciones, o renovaciones. El establecimiento debe cumplir con los requisitos físicos sanitarios requeridos para cada caso en particular, según la normativa vigente.


 

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