ARTICULO 19. Son funciones del
Departamento de Desarrollo Administrativo de la Región:
a) Establecer
los controles y
desarrollar el análisis
administrativo para garantizar
el adecuado funcionamiento de
la Dirección Regional.
b) Realizar estudios conducentes a la determinación de la eficiencia y
eficacia administrativa en las
instituciones educativas de la región
y hacer las recomendaciones pertinentes.
c) Organizar y dirigir el sistema de reclutamiento, selección y
nombramiento del personal de
las instituciones educativas, de conformidad con las directrices,
orientaciones y disposiciones que
emanen de las autoridades
centrales del Ministerio.
ch) Aprobar las permutas y
traslados que sometan a su consideración los
servidores cuando las plazas comprometidas fueren de instituciones
de la respectiva Dirección
Regional, de conformidad con el Estatuto de Servicio Civil, los Reglamentos,
las directrices y orientaciones que al
efecto dicte la
Dirección General de Personal.
d) Organizar el Sistema
de Expedientes de los
funcionarios que laboren en la región conforme a las directrices
y orientaciones que al efecto reciba.
e) Remitir, previo
requerimiento, el expediente de los
servidores cuando se hubieren trasladado
a otra región educativa.
f) Extender las certificaciones
y constancias que le requieran
los funcionarios de la región cuando
exista documentación de
respaldo y se refieran a años de servicio, lugar de
trabajo, salarios, patrono, grupo
profesional y, en general, los aspectos relativos a su
relación de servicio.
g) Establecer
procedimientos de control
sobre el cumplimiento en las
instituciones educativas de las normas,
orientaciones y disposiciones relativas a la dotación de
personal.
h) Desarrollar la
fase de
instrucción en
los procedimientos disciplinarios de los
servidores de la
Carrera Docente, de conformidad
con
el Estatuto de Servicio Civil y las disposiciones y orientaciones emanadas de la Dirección General de Personal.
i) Desarrollar
investigaciones que sustenten
la solicitud de apertura o
cierre de servicios educativos en su jurisdicción.
j) Brindar asesoría a los funcionarios de la región en lo
concerniente a la
administración de personal y a la
utilización de los
recursos físicos y financieros.
k) Supervisar y controlar los
gastos de las Juntas de
Educación, las Juntas Administrativas
y los Patronatos Escolares.
l) Llevar el control
financiero contable y de ejecución
presupuestaria de la región conforme a los
lineamientos y procedimientos que se le indiquen.
ll) Ejercer control sobre cajas
chicas y fondos de trabajo
legalmente autorizados para el
mejor funcionamiento de la región,
de conformidad con la legislación vigente.
m) Establecer
el programa de compra de bienes y de servicios que requiera la región y
ejecutarlo de conformidad con las disponibilidades
presupuestarias.
n) Desarrollar un
sistema de control de activos fijos de la región.
ñ) Otras que se
deriven de la naturaleza de su cargo.