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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23490 >> Fecha 11/07/1994 >> Articulo 7
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<<     Artículo 7     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 23490 - Articulo 7
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Artículo 7    (No vigente*)
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            ARTICULO 7.  Las   Direcciones  Provinciales  y  las  Direcciones Regionales  tendrán como principios orientadores  de su actividad, el reconocimiento de la educación como un  derecho fundamental de? todo habitante del  país, a cuya satisfacción concurren el Estado,  la familia y  la comunidad,  para la consecución de  los  fines establecidos  en el articulo 2 de la Ley Fundamental de Educación.


 

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