CAPÍTULO VIII
CAPÍTULO VIII
De
las restricciones y sanciones
Artículo 19.—A las personas que
incumplan este Reglamento y/o que hagan uso indebido de los archivos
institucionales, se le aplicarán las restricciones y sanciones que se
establecen en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 7202, del Sistema Nacional de
Archivos.
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