Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32249 >> Fecha 22/10/2004 >> Articulo 13
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 13     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 32249 - Articulo 13
Ir al final de los resultados
Artículo 13
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
Artículo 13

Artículo 13.—Funcionamiento de las Salas. De conformidad con el artículo 4° del presente Decreto, cada Sala funcionará en forma independiente y estará integrada por los tres profesionales a que se refiere el artículo 160 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de acuerdo a la especialidad de los asuntos sometidos a su consideración y necesariamente deberán ser presididas por un miembro propietario que debe ser abogado.


 

Ir al inicio de los resultados