Artículo 14
Artículo 14.—Nombramiento del Presidente del Tribunal Fiscal Administrativo. Por
tratarse de un órgano de plena jurisdicción e independiente en su organización,
funcionamiento y competencia del Poder Ejecutivo, los Presidentes de cada una
de las Salas debidamente integradas, designarán al Presidente del Tribunal
Fiscal Administrativo, por mayoría simple computándose un voto por cada uno de
los Presidentes de cada Sala y en caso de empate será electo el presidente con
más antigüedad en el desempeño de sus funciones en dicho Tribunal.
|