CAPÍTULO IV
Del procedimiento de cobro del
impuesto de patentes
SECCIÓN I
Aspectos generales
Artículo
41.—Las personas físicas o jurídicas que se dediquen al ejercicio de
cualquier tipo de actividad lucrativa, en el cantón de Abangares, estarán en
la obligación de pagar a la Municipalidad, un impuesto de patente, de
conformidad con lo que establece la Ley de Impuesto Municipales del Cantón de
Abangares Nº 7459, del 29 de noviembre del año 1994 y el artículo Nº 1, de
este reglamento.
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