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 Normativa >> Reglamento municipal 2 >> Fecha 11/03/2005 >> Articulo 41
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Normativa - Reglamento municipal 2 - Articulo 41
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Artículo 41
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CAPÍTULO IV

Del procedimiento de cobro del impuesto de patentes

SECCIÓN I

Aspectos generales

    Artículo 41.—Las personas físicas o jurídicas que se dediquen al ejercicio de cualquier tipo de actividad lucrativa, en el cantón de Abangares, estarán en la obligación de pagar a la Municipalidad, un impuesto de patente, de conformidad con lo que establece la Ley de Impuesto Municipales del Cantón de Abangares Nº 7459, del 29 de noviembre del año 1994 y el artículo Nº 1, de este reglamento.

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