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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32300 >> Fecha 25/03/2005 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32300 - Articulo 1
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DECRETOS

Nº 32300-MP

(Este decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 158 del Reglamento autónomo de servicio y organización de la Presidencia de la República y del Ministerio de la Presidencia, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 40993 del 23 de febrero de 2018)

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 y 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política, el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.

Considerando:

1º—Que la Presidencia de la República y el Ministerio de la Presidencia, vienen siendo regidos por el Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Presidencia de la República Decreto Ejecutivo número 11716-P del 28 de julio de mil novecientos ochenta y sus reformas.

2º—Que dado los cambios normativos y de relaciones con sus servidores, se hace necesario emitir una nueva reglamentación que se ajuste a dichos cambios.

3º—Que la Asesoría Jurídica de la Dirección General del Servicio Civil, mediante oficio AJ-123-2005 de fecha 02 de febrero del 2005, ha otorgado el visto bueno a esta normativa, de conformidad con lo que dispone el inciso i) del artículo 13 del Estatuto de Servicio Civil. Por lo tanto,

DECRETAN:

Reglamento Autónomo de Organización

y Servicio de la Presidencia de la República

y del Ministerio de la Presidencia

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Este Reglamento Autónomo de Organización y Servicio, regula las relaciones entre la Presidencia de la República, el Ministerio de la Presidencia y los programas adscritos a éstas dependencias y sus servidores, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

 

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