Nº 32300-MP
(Este decreto ejecutivo
fue derogado por el artículo 158 del Reglamento autónomo de servicio y
organización de la Presidencia de la República y del Ministerio de la
Presidencia, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 40993 del 23 de febrero de
2018)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En uso de
las atribuciones que les confieren los artículos 146 y 140 incisos 3) y 18) de
la Constitución Política, el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
Considerando:
1º—Que la
Presidencia de la República y el Ministerio de la Presidencia, vienen siendo
regidos por el Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Presidencia
de la República Decreto Ejecutivo número 11716-P del 28 de julio de mil novecientos
ochenta y sus reformas.
2º—Que dado
los cambios normativos y de relaciones con sus servidores, se hace necesario
emitir una nueva reglamentación que se ajuste a dichos cambios.
3º—Que la
Asesoría Jurídica de la Dirección General del Servicio Civil, mediante oficio
AJ-123-2005 de fecha 02 de febrero del 2005, ha otorgado el visto bueno a esta
normativa, de conformidad con lo que dispone el inciso i) del artículo 13 del
Estatuto de Servicio Civil. Por lo tanto,
DECRETAN:
Reglamento Autónomo de Organización
y Servicio de la Presidencia de la República
y del Ministerio de la Presidencia
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo
1º—Este Reglamento Autónomo de Organización y Servicio, regula las relaciones
entre la Presidencia de la República, el Ministerio de la Presidencia y los
programas adscritos a éstas dependencias y sus servidores, de conformidad con
el ordenamiento jurídico vigente.