Artículo 149—El servicio público debe inspirar la confianza de los
ciudadanos para fortalecer la credibilidad en el gobierno y sus gestores e
instituciones. Los principios éticos del servicio público tienen como función
fomentar esa confianza, para facilitar a los y las gobernantes el cumplimiento
de los diversos fines estatales en beneficio de la comunidad.
(Así
adicionado por el artículo 9° del decreto ejecutivo N° 38525 del 6 de junio
del 2014)
|