CAPÍTULO XIII
CAPÍTULO XIII
Disposiciones
finales
Artículo
92.-El presente reglamento deroga las siguientes disposiciones legales:
1.
El capítulo VII, titulado "Edificaciones bajo el Régimen de Propiedad
Horizontal o en Condominio", del Reglamento de Construcciones, reglamento
otorgado según acuerdo de la Junta Directiva del INVU tomando en la sesión Nº
4290 celebrada el 4 de marzo de 1993, publicado en La Gaceta 56, Alcance 17 del
22 de marzo de 1983 y sus reformas.
2.
El Decreto Ejecutivo N° 26259-MIVAH-MP publicado en el Alcance N° 44 a La Gaceta N° 168 del 2 de
setiembre de 1997, que contiene el Reglamento al artículo 8 de la Ley de la
Propiedad Horizontal.
3.
El capítulo III titulado "De los condominios en propiedad
horizontal", del Decreto Ejecutivo N° 27967-MP-MIVAH-S-MEIC,
"Reglamento para el trámite de visado de planos para la
construcción".
(Así modificada su
numeración por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 43511 del 8 de febrero
de 2022, que lo traspaso del antiguo artículo 82 al 92)
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