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 Normativa >> Reglamento 18 >> Fecha 05/04/2005 >> Articulo 21
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Normativa - Reglamento 18 - Articulo 21
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CAPÍTULO SEXTO

CAPÍTULO SEXTO

De la Asesoría Legal de la Junta Directiva

Artículo 21.—Objetivo. Asesorar a los miembros de la Junta Directiva con el propósito de contribuir al adecuado ejercicio de las competencias y al cumplimiento de sus funciones.

 

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