Artículo 29.Funciones y atribuciones. Le corresponden las
siguientes:
1. Brindar información oportuna y confiable, acerca de la situación
económica-financiera de la Institución, los resultados de operación y de ejecución
presupuestaria.
2. Administrar el .flujo de caja de la Institución a través de la
recaudación de los ingresos, cancelación de las erogaciones, así como el plan de
inversiones financieras, garantizando la correcta disposición de sus recursos
económicos, dentro de la capacidad financiera, de presupuesto y requisitos
reglamentarios.
3. Elaborar y analizar oportunamente los estados financieros e informes
presupuestarios y de costos.
4. Planificar, coordinar, determinar y preparar el proyecto de cánones
anual.
5. Mantener actualizada la información contable, presupuestaria y
financiera de la Autoridad Reguladora.
6. Velar porque la programación financiera se realice en concordancia
con el plan anual operativo, de manera que el plan presupuesto sea un instrumento útil
para la evaluación de la gestión institucional.
7. Llevar el control de los saldos presupuestarios, de acuerdo con una
estructura programática adecuada.
8. Analizar el comportamiento de las diferentes partidas
presupuestarias y coordinar la elaboración de modificaciones que se hagan al presupuesto
de la Institución.
9. Elaborar el proyecto de Presupuesto de la Autoridad Reguladora, así
como la respectiva liquidación y las modificaciones presupuestarias.
10. Realizar los estudios o investigaciones de carácter .nanciero
contable de la Institución.
11. Revisar y controlar que la recaudación de cánones y derechos que
le corresponde cobrar a la Autoridad Reguladora, se realicen oportunamente, de acuerdo con
los plazos y fechas establecidos al efecto.
12. Iniciar el trámite de penalización de los operadores de los
servicios públicos que incumplan el pago del canon, según lo estipulan los artículos 39
y 40 de la ley.
13. Calcular el costo de los servicios que presta a las diferentes
actividades de regulación.
14. Mantener actualizados los controles internos y los procedimientos
de orden financiero.
15. Cumplir las disposiciones emanadas de los entes que fiscalizan las
labores financieras.