Artículo 36
Artículo 36.—Funciones y atribuciones. Le corresponden las siguientes:
1. Realizar su labor con estricto apego a la normativa correspondiente a la contratación administrativa.
2. Proveer de manera eficiente, oportuna y suficiente, los informes. que demande la operación de la Institución.
3. Desarrollar la investigación permanente que asegure a la Institución el aprovechamiento de las mejores condiciones en su aprovisionamiento.
4. Ejecutar las demás labores que le encomienden sus superiores.
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