CAPÍTULO VIII
CAPÍTULO VIII
De las restricciones y sanciones
Artículo 17.—A las personas que incumplan este Reglamento y/o que hagan uso indebido de los archivos institucionales, se le aplicarán las restricciones y sanciones que se establecen en los artículos 8, 9 y 36 de la Ley 7202, del Sistema Nacional de Archivos.
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