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 Normativa >> Reglamento municipal 201 >> Fecha 04/04/2005 >> Articulo 17
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Normativa - Reglamento municipal 201 - Articulo 17
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Artículo 17
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CAPÍTULO VIII

CAPÍTULO VIII

De las restricciones y sanciones

Artículo 17.—A las personas que incumplan este Reglamento y/o que hagan uso indebido de los archivos institucionales, se le aplicarán las restricciones y sanciones que se establecen en los artículos 8, 9 y 36 de la Ley 7202, del Sistema Nacional de Archivos.

 

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