Transitorio VI- El Instituto Costarricense de
Pesca y Acuicultura (lncopesca) tendrá un plazo máximo de dieciocho meses para
iniciar los estudios a los que se hace referencia en el párrafo segundo del artículo
61 B y, una vez que los finalice, contará con un plazo máximo de tres meses
para la creación del fideicomiso.
(Así adicionado
por el artículo 3° de la Ley para recuperar la riqueza atunera de Costa
Rica y promover su aprovechamiento sostenible en beneficio del pueblo
costarricense, N° 10304 del 24 de agosto de 2022)
|