Artículo 36
Artículo
36.—El Poder Ejecutivo podrá autorizar el destino de fondos del Presupuesto
Nacional a favor de INCOPESCA para la realización de los estudios sobre vedas,
y a favor del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), con el propósito de
desarrollar programas de asistencia socioeconómica diseñados especialmente con
tal propósito, a favor de los pescadores que se vean afectados en los períodos
de veda, siempre que se compruebe que no tienen otras fuentes de ingresos y se
encuentran en condición de pobreza. Estos
programas implicarán necesariamente servicios de trabajo comunal por parte de
los beneficiarios, conforme al reglamento correspondiente o para la realización
de estudios sobre la materia.
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